Cuando las empresas deciden prescindir de uno de sus trabajadores, en ciertas ocasiones tienen que comunicárselo con la antelación suficiente y en otras no es estrictamente necesario. Si quiere saber en qué casos resulta obligatorio recibir un preaviso antes de un despido, los expertos en Derecho Laboral del despacho de abogados en Ferrol de José Ramón López Mejuto despejamos sus dudas a continuación.
¿Cuándo es obligatorio recibir un preaviso de despido?
La obligación de recibir un preaviso de despido con al menos 15 días de antelación dependerá del tipo de contrato, la duración del mismo y la razón que lleva a romper la relación laboral. Dicho preaviso debe realizarse siempre por escrito, sin tener validez alguna el acuerdo verbal. Ese texto debe incluir siempre las causas del despido y la fecha en que tendrá efecto el mismo.
Ahora vamos a ver si es obligatorio recibir dicho preaviso en función del tipo de despido:
Despido objetivo
Cuando es la empresa la que decide despedir al trabajo por causas internas (ajustes económicos, razones técnicas, etc.) y no existe voluntariedad de dejar el trabajo por parte del empleado, es imprescindible el preaviso de 15 días, y así se manifiesta en el apartado 1 del artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores.
Despido disciplinario
Si el despido se debe a una culpa grave del trabajador, la empresa no está obligada a comunicar ni pagar aviso alguno de despido. En este caso, le podrán echar de inmediato, sin notificarle nada con anterioridad.
Además, en esta clase de despido no existe el concepto de indemnización, debido a que la relación laboral se rompe por culpa del incumplimiento de las obligaciones del empleado. Tan solo se percibe el finiquito, al estar formado por cantidades que se han generado y que sí tenemos derecho a recibir.
Despido improcedente
Existe un tercer caso en el que una empresa despide a uno de sus trabajadores, y no es ni por razones objetivas ni de manera disciplinaria. Ese tipo de despido es llamado despido improcedente, y es así porque es la propia empresa la que admite la improcedencia del despido, por lo que está dispuesta a pagar la indemnización correspondiente.
En este caso no tenemos derecho a exigir el pago de un preaviso, debido a que en la propia indemnización está incluida esa compensación.
Su abogado laboral en Ferrol
Si le han despedido sin recibir un preaviso y se pregunta si tiene derecho a presentar algún tipo de demanda, desde el despacho del abogado José Ramón López Mejuto atenderemos personalmente su caso y le asesoraremos sobre qué tipo de acciones ha de realizar. Somos expertos en todo tipo de cuestiones relativas al Derecho Laboral y a la Seguridad Social.
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