Hablamos de enfermedad profesional para referirnos a aquellas que se producen o se contraen con motivo de estar realizando un trabajo, ya sea por cuenta propia como por cuenta ajena. Entre los servicios legales que ofrecemos en el despacho de José Ramón López Mejuto destacamos por ser especialistas en incapacidades y enfermedades de carácter laboral.
Tanto si ha desarrollado una enfermedad fruto del trabajo que ejecuta y que le impide seguir ejerciendo en el mismo puesto, como si este impedimento ha sido fruto de un accidente laboral, en nuestro despacho encontrará el asesoramiento legal que está buscando. Somos expertos en derecho del trabajo y de la Seguridad Social.
¿Qué provoca una enfermedad profesional?
Como ya hemos indicado, una enfermedad profesional es una enfermedad que se contrae a causa del desarrollo de una actividad laboral. Esta enfermedad puede desarrollarse por múltiples agentes externos.
Uno de los ejemplos más claros y conocidos de enfermedad profesional es la silicosis, una patología que afecta a los pulmones y que está considerada como la enfermedad profesional más antigua que se conoce. La desarrollan los profesionales de la minería por la aspiración durante el desarrollo de su trabajo en la mina al respirar polvos de sílice, lo que ocasiona problemas cardiovasculares irreversibles.
Las sustancias que nos afectan por inhalación pueden ser fuente de enfermedad profesional, pero no la única. Se pueden desarrollar enfermedades por agentes químicos con los que se trabaja, agentes biológicos (se dan más en ámbito sanitario), agentes cancerígenos o agentes físicos. Esto último tiene que ver con personas que pierden la vista o el oído a causa de su trabajo o que acaban con lesiones crónicas fruto de posiciones forzadas.
¿Cuáles son sus derechos?
En caso de enfermedad profesional lo primero que debe hacer es acudir a su centro de salud para que sea un médico quien diagnostique y trate sus problemas de salud. Una vez obtenga la baja laboral y se emita el correspondiente informe a Inspección Médica, deberá acudir a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social para que un Tribunal Médico ratifique que sus problemas de salud son considerados enfermedad profesional.
Padecer una enfermedad profesional le da derecho a primero de todo a recibir asistencia sanitaria por la misma. Esto incluye todos los tratamientos médicos, de fisioterapia, cirugías y demás procedimientos que sean necesarios para su bienestar y mejoría.
Por otro lado, tiene derecho a recibir una prestación por incapacidad, la cual comenzará a percibir desde el día siguiente a obtener su baja laboral. El importe que recibirá por la baja es de un 75% de su base reguladora.
Por último, en los casos más críticos, sus herederos pueden ser beneficiarios de una indemnización por fallecimiento en el caso de que su enfermedad profesional sea causa de muerte.
Póngase en contacto con José Ramón López Mejuto si se encuentra en una situación de salud delicada fruto del desarrollo de su actividad laboral habitual. Nosotros le ofrecemos una amplia cobertura legal para que sepa cómo proceder, reclamar o recurrir cualquier decisión que tenga que ver con su enfermedad profesional.