Uno de los servicios legales más solicitados dentro del ámbito del derecho laboral es el que está relacionado con los despidos. Los trabajadores tienen derecho a reclamar una indemnización en el caso de que su empresa decida poner fin unilateralmente a su contrato y, en algunos casos, incluso el restablecimiento en el puesto que ocupaba si se demuestra que las causas del despido han sido improcedentes. En el despacho del abogado José Ramón López Mejuto podremos ayudarle a calcular su indemnización.
Factores que intervienen en el cálculo de una indemnización por despido
Para saber la cuantía exacta de lo que a una empresa le corresponde pagarle a un empleado en concepto de indemnización por despido hay que tener en cuenta varios factores que son importantes:
- Antigüedad en el puesto: Las indemnizaciones se suelen calcular en muchos casos en virtud de los años que el trabajador lleve vinculado a la empresa. El cálculo se hace en función de X días por año trabajado en la empresa, por lo que el dato de antigüedad es importante.
- Salario anual: Este es el punto que resulta más evidente de todo el cálculo. A mayor sea el salario del trabajador despedido, mayor será también la indemnización por la extinción del contrato. Volvemos a mencionar la ecuación de X días por año trabajado, porque la base de multiplicación de los años se hace en función al salario medio por día que tenía el trabajador despedido.
- Tipo de extinción del contrato: La naturaleza del despido es relevante en el cálculo de la indemnización por despido. Dependiendo de si hablamos de si un despido es objetivo o se trata de un despido improcedente, la indemnización puede ser más alta o más baja. A no ser que un convenio diga lo contrario, lo habitual es el pago de 20 días de salario por año trabajado en el caso de los despidos objetivos. Esta cantidad se puede multiplicar por dos o incluso más (de 45 a 33 días) si hablamos de despidos improcedentes.
¿Cuándo pierdo mi derecho a indemnización?
Existen casos en los que la extinción de un contrato laboral no lleva consigo la obtención de una indemnización para el trabajador. Los más evidentes son los que tienen que ver con la marcha del propio trabajador, es decir, cuando hablamos de una dimisión en lugar de un despido. Si el fin del contrato es de mutuo acuerdo o llega por decisión unilateral del trabajador, la empresa no debe indemnizarle.
Otros casos vinculados al fin del contrato son los relacionados con los contratos de interinidad, los formativos o los casos en los que el fin del mismo llega por una invalidez o la jubilación.
El último supuesto es el que genera una mayor controversia y que a menudo da trabajo a muchos abogados laboralistas en el proceso de presentación de recursos por despido improcedente. Hablamos de los casos de despido disciplinario. Este es un caso muy concreto en el que es el empresario el que decide romper el contrato de uno o varios de sus trabajadores, pero si existe un motivo disciplinario de peso para la toma de esta decisión y este queda demostrado como tal, el trabajador pierde su derecho a ser indemnizado por ello.
Si se encuentra en una situación de desprotección en la que ha sido despedido y le han negado la indemnización que le corresponde o considera que la cuantía no se ajusta con lo que realmente esperaba recibir por parte de la empresa, en el despacho de José Ramón López Mejuto podemos ayudarle. Contacte con nosotros para estudiar su caso a fondo.