Hay personas que debido a algún tipo de accidente o por cuestión de nacimiento, no se encuentran en plenas condiciones físicas o mentales para poder ejercer un trabajo. Ante estas situaciones, se les suele otorgar un grado de Incapacidad Permanente, siendo este un indicativo de que no pueden desempeñar una profesión, pero ¿Puede renunciarse a esta incapacidad?
Como abogado laboralista, José Ramón López Mejuto puede ayudarle a resolver esta y otras muchas cuestiones relaciones con el derecho laboral. En su despacho de abogados en Ferrol encontrará asesoramiento legal siempre que lo necesite.
¿Es posible renunciar a una incapacidad permanente?
Si usted conoce a alguien o se encuentra usted mismo en esta situación, es posible que se pregunte si puede rechazar su Incapacidad Permanente para poder acceder a un nuevo puesto de trabajo.
Es cierto que, una vez la Seguridad Social le otorga el nivel de Incapacidad Permanente, usted está obligado a aceptarla. Sin embargo, hay diferentes formas de volver a la situación inicial y renuncia a esta prestación.
El primer aspecto que hay que tener claro, es que es necesario que las limitaciones o incapacidades para trabajar se hayan reducido o desaparecido por completo.
A pesar de no poder renunciar a una incapacidad absoluta, y menos de manera voluntaria, siempre se puede hacer una solicitud a la Seguridad Social para realizar una revisión y poder cancelar esta prestación.
Reclamación previa
Una de los métodos con las que poder hacer efectiva la renuncia a la Incapacidad Permanente es llevando a cabo una reclamación previa a través de la vía administrativa. En ella, deberán constar todas las razones por las cuales no queremos seguir recibiendo esta prestación.
Si necesita ayuda para llevar a cabo esta reclamación, no dude en ponerse en contacto con el abogado laboralista José Ramón López Mejuto, gracias su gran experiencia en el sector podrá llevar a cabo dicha reclamación con éxito, recibiendo todo el asesoramiento legal que necesite.
Revisión por mejoría
Para poder solicitar una revisión por mejoría, lo primero que hay que tener en cuenta es que no es algo inmediato pues hay que esperar un plazo mínimo en el que se considera que la persona realmente ha podido recuperarse. Una vez pasado este tiempo, el beneficiario de esta prestación será citado en el Tribunal Médico, el cual será el encargado de determinar si realmente el sujeto a sufrido dicha mejoría. Si la valoración es positiva, se podrá proponer la anulación de la prestación.
Si usted considera que ya se ha recuperado de y que puede volver al mercado laboral, como abogado especializado en derecho legal, José Ramón López Mejuto, le recomienda que busque asesoramiento legal y que comience los trámites necesarios para poder dar por terminada su prestación. Pásese por su despacho de abogados en Ferrol y solicite su cita con un abogado con gran experiencia.